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Documento BOE-A-1995-19124

Real Decreto 1305/1995, de 21 de julio, por el que se indulta a don José Carbajal Humara.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 1995, páginas 25015 a 25015 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-19124

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don José Carbajal Humara, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno, al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.º del Código Penal, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra que, en sentencia de fecha 16 de febrero de 1987, le condenó, como autor de dos delitos de falsedad, a dos penas de seis años y un día de prisión mayor y multa de 30.000 pesetas, y dos delitos de estafa, uno continuado y otro en grado de tentativa, a las penas de dos meses de arresto mayor por el de estafa continuado, y por el de estafa en grado de tentativa a 30.000 pesetas de multa, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1985; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de julio de 1995,

Vengo en conmutar a don José Carbajal Humara las penas privativas de libertad impuestas por dos penas de dos años de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Palma de Mallorca a 21 de julio de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia e Interior,

JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE

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