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Documento BOE-A-1995-19409

Resolución de 20 de julio de 1995, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de dos emisiones de sellos de Correos denominadas «v Centenario de la Universidad de Santiago de Compostela» y «Bienes Culturales y Naturales Patrimonio Mundial de la Humanidad».

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 14 de agosto de 1995, páginas 25335 a 25336 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-19409

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 99, Uno.2.d) de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y artícu lo 2, 1.d) de los Estatutos del Organismo Autónomo «Correos y Telégrafos», aprobados por Real Decreto 1766/1991, de 13 de diciembre, la Secretaria general de Comunicaciones y el Subsecretario de Economía y Hacienda dictan la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de las emisiones de sellos de Correos: «V Centenario de la Universidad de Santiago de Compostela» y «Bienes Culturales y Naturales Patrimonio Mundial de la Humanidad».

En su virtud, hemos resuelto:

Artículo 1.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de dos emisiones de sellos de Correos con las denominaciones de:

1. «V Centenario de la Universidad de Santiago de Compostela».

2. «Bienes Culturales y Naturales Patrimonio Mundial de la Humanidad».

Artículo 2.

«V Centenario de la Universidad de Santiago de Compostela».

Con motivo de la celebración del V Centenario de la Universidad de Santiago de Compostela, se pondrá en circulación un sello de Correos en el que se reproduce el lema de la conmemoración, junto a la portada del Pazo de San Xerome, sede del Rectorado y la maza de la Universidad, símbolo de su fuero.

Características técnicas:

Valor facial: 30 pesetas.

Procedimiento de impresión: Huecograbado, en papel estucado, engomado, fosforescente.

Tamaño del sello: 40,9 x 28,8 mm (horizontal).

Dentado: 13 3/4.

Tirada: 2.500.000 ejemplares, en pliegos de 50 sellos.

«Bienes Culturales y Naturales Patrimonio Mundial de la Humanidad».

En el mes de septiembre de 1995 se pondrán en circulación dos nuevos sellos de esta serie, dedicados al Real Monasterio de Santa María de Guadalupe y al tramo español del Camino de Santiago de Compotela; ambos fueron incluidos en la lista de bienes por el Comité de la UNESCO para estos fines en diciembre de 1993.

Características técnicas:

Valores faciales: 60 pesetas para cada uno de los motivos.

Procedimiento de impresión: Calcografía (Guadalupe); calcografía y offset (Santiago), ambos en papel estucado, engomado, mate, fosforescente.

Tamaño del sellos: 33,2 x 49,8 mm (vertical) (Guadalupe), 49,8 x 33,2 mm (horizontal) (Santiago).

Dentado: 13 3/4.

Tirada: 2.500.000 ejemplares para cada uno de los motivos, en pliegos de 12 sellos.

Artículo 3.

La venta y puesta en circulación de estas emisiones se iniciara:

«V Centenario de la Universidad de Santiago de Compostela», el 15 de septiembre de 1995.

«Bienes Culturales y Naturales Patrimonio Mundial de la Humanidad», el 29 de septiembre de 1995.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 1999, no obstante lo cual mantendrán ilimitadamente su valor a efectos de franqueo.

Artículo 4.

De cada uno de estos sellos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, 3.500 unidades a disposición del Organismo Autónoma «Correos y Telégrafos», a fin de que pueda atender los compromisos internacionales, tanto los relativos a obligaciones derivadas de la Unión Postal Universal, como a los intercambios con otras administraciones postales, cuando las circunstancias lo aconsejen o a juicio de dicho Organismo se estime conveniente, así como integrarlas en los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y realizar la adecuada propaganda del sello español.

Otras 2.000 unidades de cada uno de estos sellos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del museo de dicha fábrica y propaganda filatélica nacional e internacional.

Artículo 5.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórido o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el museo de la fábrica, el museo postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integraran en alguno de los indicados museos.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de julio de 1995.-La Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.-El Subsecretario de Economía y Hacienda, Juan Antonio Blanco-Magadán y Amutio.

Ilmos. Sres. Director general del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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