La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una Sentencia el 19 de junio de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 1.451/94, interpuesto por doña María Milagros Peñalba Pascual contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 19 de enero de 1994, que desestimó el recurso de reposición presentado por la interesada contra los actos administrativos por los que se abonan los trienios perfeccionados.
La parte dispositiva de la mencionada Sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Milagros Peñalba Pascual, contra la Resolución de 1 de febrero de 1994 que le denegó la pretensión, debemos confirmar y confirmamos dicha Resolución administrativa por ser conforme a Derecho sin hacer condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada Sentencia.
Madrid, 26 de julio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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