La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 2 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 181/1994, en el que son partes, de una, como demandantes, doña Alicia Encinas Gayá y otras, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fechas diferentes, sobre la percepción de todos los trienios que tienen reconocidos los funcionarios en la cuantía correspondiente al grupo al que pertenecen actualmente.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Alicia Encinas Gayá, doña Marta María de Alonso Fernández, doña Angeles Gorgojo Gutiérrez, doña Fuencisla García Valentín, doña Esperanza Cardós de la Fuente, doña Elisa Pérez Reyes y doña Pilar Sánchez de Molina, contra la Resolución que denegó su petición por la que interesaba percibir la totalidad de los trienios en la cuantía correspondiente al grupo actual de pertenencia, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución es ajustada a derecho; todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 26 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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