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Documento BOE-A-1995-19830

Orden de 25 de julio de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-administrativo número 371/1993, interpuesto por don Julián Manuel Dómínguez Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 18 de agosto de 1995, páginas 25832 a 25832 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-19830

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 9 de marzo de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), en el recurso contencioso-administrativo número 371/1993, promovido por don Julián Manuel Domínguez Fernández, contra Resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la petición formulada sobre reconocimiento de diferencias retributivas por el concepto de indemnización por residencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso deducido por don Julián Manuel Domínguez Fernández contra la Resolución de 12 de mayo de 1993, la que ha de confirmarse por ser acorde con el orden jurídico. No procede hacer un pronunciamiento condenatorio sobre costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 25 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilmo. Sr. Director general de Servicios e Informática.

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