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Documento BOE-A-1995-19917

Orden de 27 de julio de 1995 por la que se aprueba, de oficio, la extinción de la autorización del centro privado de Educación Primaria y General Básica «Iberdrola-Salto de Villarino», sito en Poblado del Salto, de Villarino de los Aires (Salamanca).

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 21 de agosto de 1995, páginas 25950 a 25950 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-19917

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, es desarrollada, en lo que concierne a la disposición transitoria primera.3 y 6, por el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, y que, en su disposición transitoria quinta.4 y 5, expresa que:

«Los centros privados de Educación General Básica que no tengan autorización o clasificación definitiva, dispondrán hasta el comienzo del curso 1995-1996 para adecuarse a los requisitos mínimos que se establecen en dicho Real Decreto.

Transcurrido el plazo referido, los centros que no hayan obtenido autorización definitiva, dejarán de tener la condición de centros autorizados para impartir enseñanzas de las comprendidas en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.»

Teniendo en cuenta que el centro privado de Educación Primaria y General Básica denominado «Iberdrola-Salto de Villarino», sito en Poblado del Salto, de Villarino de los Aires (Salamanca) hasta el día de la fecha no ha iniciado tramitación alguna para obtener clasificación definitiva, es por lo que

Este Ministerio ha dispuesto:

Aprobar, de oficio, la extinción de la autorización del centro privado de Educación Primaria y General Básica «Iberdrola-Salto de Villarino», sito en Poblado del Salto, de Villarino de los Aires (Salamanca).

La extinción de la autorización, que la presente Orden dispone, surte efectos a partir del próximo curso escolar 1995-1996.

Contra la presente disposición, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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