Visto el expediente de indulto de don José Santorum Viñas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra, en sentencia de fecha 2 de noviembre de 1993, como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, y una falta de lesiones, a la pena de diez días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 20 de junio de 1990, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 1994,
Vengo en conmutar a don José Santorum Viñas las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, por multa de 500.000 pesetas, a condición de que sea satisfecha en el tiempo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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