Visto el expediente de indulto de don Manuel Serrano Vargas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva, en sentencia de fecha 12 de julio de 1993, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 21 de junio de 1990, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 1994,
Vengo en conmutar a don Manuel Serrano Vargas la pena privativa de libertad impuesta, por la de un año de prisión menor, a condición de que no cometa delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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