Visto el expediente de indulto de don Miguel Cifuentes Bermúdez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Cádiz, en sentencia de fecha 26 de abril de 1990, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, y otro delito de receptación, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y multa de 30.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunió del día 29 de diciembre de 1994,
Vengo en indultar a don Miguel Cifuentes Bermúdez las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 29 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid