Habiéndose suscrito con fecha 3 de noviembre de 1994 el Convenio entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la Primera Infancia (cero-tres años), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que se acompaña a la presente resolución.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de diciembre de 1994.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.
CONVENIO PARTICULAR ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS DE ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA (CERO-TRES AÑOS)
En Madrid, a 3 de noviembre de 1994.
REUNIDOS
El ilustrísimo señor don Javier Valero Iglesias, Subsecretario de Asuntos Sociales y la excelentísima señora doña Elena Quiñones Vidal, Consejera de Cultura y Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
EXPONEN
Primero.-Que el día 16 de junio de 1994 la Ministra de Asuntos Sociales y el Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia suscribieron un Acuerdo-Marco de colaboración en materia de asuntos sociales.
Segundo.-Que al Ministerio de Asuntos Sociales le corresponde la protección jurídica y social del menor, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.1 del Real Decreto 727/1988, de 11 de julio, y en el artículo 5.1, apartado a) del Real Decreto 791/1988, de 20 de julio.
Tercero.-Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ostenta competencias en materia de bienestar social y servicios sociales, de acuerdo con el artículo 10.1 de su Estatuto (Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio), y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero; 2415/1983, de 20 de julio, y 844/1984, de 25 de enero de 1985, habiéndose adscrito a la Consejería de Cultura y Educación mediante el Decreto de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia número 88/1986, de 30 de diciembre, las funciones y servicios en materia de guarderías.
Cuarto.-Que en la cláusula segunda del indicado Convenio-Marco manifestaban su intención de colaborar en la realizacion, entre otros, de «programas de atención a la primera infancia», estableciendo en la cláusula tercera que los proyectos específicos para la realización de estos programas se concretarían mediante el correspondiente Convenio particular, que contendrá las aportaciones económicas y demás obligaciones a asumir por cada una de las partes.
Por lo que acuerdan suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLAUSULAS
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de programas destinados a crear y mantener los servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años) que se especifican en el anexo de este Convenio.
Segunda.-Para sufragar los costes de los mencionados programas la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las Corporaciones Locales, estas últimas de conformidad con los acuerdos suscritos con aquélla, se comprometen a aportar la cantidad total de 35.883.815 pesetas, para sufragar los costes de los programas que se detallan en el anexo de este Convenio. La parte del indicado importe que corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia será sufragada con cargo a la partida presupuestaria 15.04.422B.460.
Tercera.-El Ministerio de Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 27.04.313O.454 para el ejercicio de 1994, aporta la cantidad de 22.566.600 pesetas como participación en la financiación de los programas que se detallan en el anexo de este Convenio.
Cuarta.-La Comunidad Autónoma deberá:
A) Aplicar los fondos aportados por el Ministerio de Asuntos Sociales a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio.
B) Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.
C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.
Quinta.-La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia elaborará, al finalizar la vigencia de este Convenio, una memoria financiera y técnica que, de cada proyecto, recoja:
Fecha de puesta en marcha.
Información económica.
Actividades realizadas,
Recursos utilizados.
Sectores atendidos.
Resultados obtenidos.
Datos estadísticos.
Dificultades y propuestas.
Valoración del programa.
Sexta.-Para el seguimiento del presente Convenio se constituye una Comisión Mixta formada por los siguientes miembros:
Tres representantes del Ministerio de Asuntos Sociales designados por el Subsecretario del Departamento.
Tres representantes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Serán funciones de esta Comisión:
a) El conocimiento, seguimiento y valoración de los programas acordados.
b) La aprobación de la Memoria.
c) La interpretación del presente Convenio.
La Comisión se reunirá con la periodicidad que se determine en el momento de su constitución y, en todo caso, para aprobar la memoria a que se hace referencia en la cláusula quinta.
En la reunión de constitución de la Comisión se realizará una evaluación inicial de la puesta en marcha del programa.
Séptima.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Subsecretario de Asuntos Sociales, Javier Valero Iglesias.-La Consejera de Cultura y Educación, Elena Quiñones Vidal.
ANEXO
Aportación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Corporaciones Locales y Ministerio de Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. 1994
1. Ampliación de horario en la escuela infantil de Alguazas:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.323.532 pesetas.
Aportación MAS: 1.306.468 pesetas.
2. Ampliación de horario en la escuela infantil de Archena:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 774.962 pesetas.
Aportación MAS: 774.962 pesetas.
3. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil «Gloria Fuertes» de Alhama, financiado en 1992 y 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 3.022.031 pesetas.
Aportación MAS: 961.875 pesetas.
4. Continuidad de la ampliación de plazas en la escuela infantil «La Milagrosa» de Cartagena, financiada en 1992 y 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 2.158.247 pesetas.
Aportación MAS: 2.158.247 pesetas.
5. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil de Cieza, financiada en 1992 y 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.808.069 pesetas.
Aportación MAS: 691.931 pesetas.
6. Continuidad de la ampliación de horario en las escuelas infantiles de Molina de Segura, financiada en 1992 y 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.477.407 pesetas.
Aportación MAS: 1.477.407 pesetas.
7. Continuidad de la ampliación de plazas en las escuelas infantiles de San Roque de Algezares y Nuestra Señora de los Angeles de Sangonera, del Ayuntamiento de Murcia, financiadas en 1992 y 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 4.929.487 pesetas.
Aportación MAS: 3.402.869 pesetas.
8. Continuidad de la ampliación de horario en las escuelas infantiles de Torre Pacheco, financiada en 1992 y 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.100.000 pesetas.
Aportación MAS: 1.100.000 pesetas.
9. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil de Calasparra, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 3.076.650 pesetas. Aportación MAS: 707.250 pesetas.
10. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil de Campos del Río, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.427.026 pesetas.
Aportación MAS: 1.427.026 pesetas.
11. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil de Caravaca de la Cruz, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.355.631 pesetas.
Aportación MAS: 664.369 pesetas.
12. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil «La Milagrosa», de Cartagena, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.554.166 pesetas.
Aportación MAS: 1.554.166 pesetas.
13. Continuidad de la ampliación de horario en la escuela infantil de Ceutí, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 3.921.630 pesetas.
Aportación MAS: 1.106.573 pesetas.
14. Continuidad de la ampliación de horario en período estival en la escuela infantil de La Unión, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 644.814 pesetas.
Aportación MAS: 644.814 pesetas.
15. Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la escuela infantil de Lorquí, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 849.761 pesetas.
Aportación MAS: 849.761 pesetas.
16. Continuidad de la ampliación de atención a grupo de edad en la escuela infantil de Los Alcázares, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 735.039 pesetas.
Aportación MAS: 735.039 pesetas.
17. Continuidad de la ampliación de horario en período estival en las escuelas infantiles de Torre Pacheco, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 636.091 pesetas.
Aportación MAS: 636.091 pesetas.
18. Continuidad de la ampliación de plazas en la escuela infantil de Totana, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 3.435.760 pesetas.
Aportación MAS: 759.240 pesetas.
19. Continuidad de la ampliación de horario en las escuelas infantiles de Yecla, financiada en 1993:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: 1.653.512 pesetas.
Aportación MAS: 1.653.512 pesetas.
Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales: 35.883.815 pesetas.
Total aportación Ministerio de Asuntos Sociales: 22.566.600 pesetas.
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