En la Orden de 2 de agosto de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 19) por la que se hacía pública las listas de seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 22 de febrero de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 26) para ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se incluye a don Miguel Angel Hernández García, con una puntuación total de 14,1860, entre los seleccionados por el turno libre en la especialidad de Dibujo, apareciendo asimismo incluido en la Orden de 8 de octubre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 26), por la que se nombraban funcionarios en prácticas a los seleccionados en la citada Orden de 2 de agosto de 1993.
Revisada la documentación que el interesado presentó en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo de la Orden de 2 de agosto de 1993, se verificó que la puntuación de seis puntos que se le otorgó por el apartado 1 del baremo de méritos, anexo I de la Orden de convocatoria, relativo a la experiencia docente previa, no se correspondía con los méritos que eran objeto de valoración por ese apartado. En consecuencia, por Resolución de 29 de junio de 1993, de la Dirección General de Personal y Servicios de este Departamento, se dispuso la revisión de oficio, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 103 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;
Teniendo en cuenta las alegaciones formuladas por el interesado;
Visto el informe del Servicio Jurídico del Departamento y de acuerdo con el informe emitido por el Consejo de Estado,
Este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:
Primero.-Rectificar la puntuación total que se le otorgó a don Miguel Angel Hernández García en los procedimientos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, pasando de 14,1860 puntos a 8,1860.
Segundo.-Dejar sin efecto la inclusión de don Miguel Angel Hernández García en las Ordenes de 2 de agosto de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 19) y de 8 de octubre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 26) al haber obtenido una puntuación insuficiente para superar el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria en la especialidad de Dibujo, por el turno libre, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.-Contra la presente Orden los interesados podrán interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a la Dirección General de Personal y Servicios, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992.
Madrid, 6 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Director general de Personal y Servicios, Gonzalo Junoy García de Viedma.
Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.
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