La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 12 de abril de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 398/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don Manuel Arévalo González, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 29 de junio de 1990, sobre compatibilidad de funciones.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Ramiro Reynolds de Miguel, en nombre y representación de don Manuel Arévalo González, contra Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 29 de junio de 1990, a la que la demanda se contrae, declaramos que la Resolución impugnada es conforme a derecho; sin hacer expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 31 de agosto de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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