La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 22 de mayo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.128/1991, en el que son partes, de una, como demandante, don Joaquín Núñez Rodríguez y otros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 18 de abril de 1991, que desestimaba los recursos de reposición interpuestos contra las resoluciones de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Dirección General de la Función Pública de fechas diferentes, sobre efectividad de nombramiento como funcionarios del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos:
Primero.-Que estimamos parcialmente el presente recurso interpuesto por el Letrado don Juan Antonio Sánchez Pérez en nombre y representación de don Joaquín Núñez Rodríguez, doña Ramona Rodríguez Sánchez, doña Obdulia Sánchez López, doña María del Carmen Lorente Marina, doña María del Carmen Bono Bandera, doña Vicenta Cuesta Alvarez, doña María Isabel Huerta Ibáñez, doña Irene Fernández Sagredo, doña María Josefa Gimeno del Olmo, don Rubén Martínez Vázquez, doña Casilda Pérez Loarten Llorente, doña Ana Izquierdo Sanz, doña Mercedes Saez Mate, doña María Dolores Cid Sanz, doña María Mercedes Arriba Calvo, doña Angeles Covadonga Martín Caja, doña María Juliana Segorbe del Horno, doña María Teresa Palomeque Ortega, doña María Jesús Izquierdo Rodríguez y doña Mercedes Martínez Blanco, contra las resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 18 de abril de 1991 descritas en el primero de los antecedentes de hecho por considerarlas no ajustadas al ordenamiento jurídico, en los extremos impugnados y sustanciados en la forma contenida en las presentes actuaciones, y que se anulan, declarando el derecho que asiste a los recurrentes, a que su nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo General Administrativo, tenga sus efectos administrativos a la fecha de 11 de marzo de 1985, y a que se retrotraigan los correspondientes efectos económicos a los cinco años anteriores a la fecha en que efectuó su reclamación inicial, en los términos recogidos en el fundamento jurídico octavo de esta sentencia.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 31 de agosto de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid