En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Mario Garih, contra Resolución del Ministerio de Justicia de 9 de abril de 1990, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto frente a la Resolución de 4 de septiembre de 1989 de la Dirección General de los Registros y del Notariado por la que se desestimó el recurso de queja entablado contra la actuación del Notario de Vera, don José Javier de Pablo Carrasco, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado con fecha 6 de mayo de 1992 la sentencia firme, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Tomás Cuevas Villamañán, actuando en nombre y representación de don Mario Garih, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 9 de abril de 1990 en cuanto desestimatoria del recurso de alzada interpuesto frente a la Resolución de 4 de septiembre de 1989 de la Dirección General de los Registros y del Notariado por la que se desestimó el recurso de queja entablado contra la actuación del Notario de Vera don José Javier de Pablo Carrasco, al no cumplimentar el acta de requerimiento a practicar en el Juzgado de Instrucción de dicha localidad, solicitada al amparo del artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a Derecho.»
He tenido a bien disponer que se cumpla la mencionada sentencia en sus propios términos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 3 de julio de 1995.
BELLOCH JULBE
Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid