La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de enero de 1995 autoriza al Director general del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1995 y enero de 1996, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que son una prórroga de las vigentes en 1994. Las segundas vueltas subsiguientes a las subastas se mantienen como mecanismo de financiación del Tesoro Público, basado en una especial relación de colaboración con algunas entidades gestoras, en los términos previstos en la Orden de 24 de julio de 1991, y continúa abierta la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
Posteriormente, la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1995 y el mes de enero de 1996. En su cumplimiento, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en circulación en el próximo mes de octubre de 1995 y convocar las correspondientes subastas.
En estas subastas, dado el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente emitir nuevos tramos de las emisiones que se vienen poniendo en oferta.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 17 de enero de 1995, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Disponer en el mes de octubre de 1995 las emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el número segundo siguiente y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 17 de enero de 1995, en la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 y en la presente Resolución.
Segundo.-Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten:
El tipo de interés nominal anual y las fechas de emisión, amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución de esta Dirección General de 10 de mayo de 1995, para la emisión de 15 de junio de 1995 de Bonos del Estado a tres años al 9,90 por 100; la Resolución de 28 de julio de 1995, para las emisiones de 15 de septiembre de Bonos del Estado a cinco años al 10,10 por 100 y de 15 de septiembre de 1995 de Obligaciones del Estado a diez años al 10,15 por 100, y la Resolución de 18 de noviembre de 1993, para la emisión de 15 de diciembre de 1993 de Obligaciones del Estado a quince años al 8,20 por 100. El primer cupón a pagar en los valores que se emitan será, por su importe completo, el de 31 de octubre de 1996 en los Bonos a tres años, el de 28 de febrero de 1997 en los Bonos a cinco años, el de 31 de enero de 1997 en las Obligaciones a diez años y el de 28 de febrero de 1996 en las Obligaciones a quince años.
Tercero.-Los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación el día 16 de octubre próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y se agregarán, respectivamente, a las emisiones de 15 de junio de 1995 al 9,90 por 100, 15 de septiembre de 1995 al 10,10 por 100, 15 de septiembre de 1995 al 10,15 por 100 y 15 de diciembre de 1993 al 8,20 por 100, teniendo, en cada caso, la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
Cuarto.-Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 20 de enero de 1995, de esta Dirección General, no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite con posterioridad a la celebración de las subastas.
Quinto.-La Dirección General del Tesoro y Política Financiera no pagará comisión alguna de colocación por las suscripciones de Bonos y Obligaciones del Estado que se presenten, sea por cuenta propia o de terceros y aun cuando los presentadores sean las entidades y personas enumeradas en el apartado 5.9.2 de la Orden de 17 de enero de 1995. Las únicas peticiones de terceros que podrán presentar las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva o de Fondos de Pensiones y las Sociedades Gestoras de Carteras serán las que realicen para las Instituciones de Inversión Colectiva, los Fondos de Pensiones o las carteras que administren.
Sexto.-En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 17 de enero de 1995.
Madrid, 13 de septiembre de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años, emisión de 15 de junio de 1995, al 9,90 por 100
(Subasta mes de octubre)
Precio / Rendimiento bruto* / Precio / Rendimiento bruto*
98,00 / 10,548 / 99,05 / 10,124
98,05 / 10,527 / 99,10 / 10,104
98,10 / 10,507 / 99,15 / 10,084
98,15 / 10,487 / 99,20 / 10,064
98,20 / 10,467 / 99,25 / 10,044
98,25 / 10,446 / 99,30 / 10,024
98,30 / 10,426 / 99,35 / 10,005
98,35 / 10,406 / 99,40 / 9,985
98,40 / 10,386 / 99,45 / 9,965
98,45 / 10,365 / 99,50 / 9,945
98,50 / 10,345 / 99,55 / 9,925
98,55 / 10,325 / 99,60 / 9,905
98,60 / 10,305 / 99,65 / 9,885
98,65 / 10,285 / 99,70 / 9,865
98,70 / 10,265 / 99,75 / 9,846
98,75 / 10,245 / 99,80 / 9,826
98,80 / 10,225 / 99,85 / 9,806
98,85 / 10,204 / 99,90 / 9,786
98,90 / 10,184 / 99,95 / 9,766
98,95 / 10,164 / 100,00 / 9,747
99,00 / 10,144
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años, emisión de 15 de septiembre de 1995, al 10,10 por 100
(Subasta mes de octubre)
Precio / Rendimiento bruto* / Precio / Rendimiento bruto*
94,50 / 10,611 / 95,55 / 10,342
94,55 / 10,598 / 95,60 / 10,329
94,60 / 10,585 / 95,65 / 10,316
94,65 / 10,573 / 95,70 / 10,303
94,70 / 10,560 / 95,75 / 10,291
94,75 / 10,547 / 95,80 / 10,278
94,80 / 10,534 / 95,85 / 10,265
94,85 / 10,521 / 95,90 / 10,253
94,90 / 10,508 / 95,95 / 10,240
94,95 / 10,495 / 96,00 / 10,227
95,00 / 10,482 / 96,05 / 10,215
95,05 / 10,470 / 96,10 / 10,202
95,10 / 10,457 / 96,15 / 10,189
95,15 / 10,444 / 96,20 / 10,177
95,20 / 10,431 / 96,25 / 10,164
95,25 / 10,418 / 96,30 / 10,151
95,30 / 10,405 / 96,35 / 10,139
95,35 / 10,393 / 96,40 / 10,126
95,40 / 10,380 / 96,45 / 10,114
95,45 / 10,367 / 96,50 / 10,101
95,50 / 10,354
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años, emisión de 15 de septiembre de 1995, al 10,15 por 100
(Subasta mes de octubre)
Precio / Rendimiento bruto* / Precio / Rendimiento bruto*
92,5 / 10,936 / 94,6 / 10,579
92,6 / 10,919 / 94,7 / 10,562
92,7 / 10,902 / 94,8 / 10,545
92,8 / 10,884 / 94,9 / 10,528
92,9 / 10,867 / 95,0 / 10,512
93,0 / 10,850 / 95,1 / 10,495
93,1 / 10,833 / 95,2 / 10,479
93,2 / 10,816 / 95,3 / 10,462
93,3 / 10,799 / 95,4 / 10,445
93,4 / 10,782 / 95,5 / 10,429
93,5 / 10,765 / 95,6 / 10,412
93,6 / 10,748 / 95,7 / 10,396
93,7 / 10,731 / 95,8 / 10,379
93,8 / 10,714 / 95,9 / 10,363
93,9 / 10,697 / 96,0 / 10,346
94,0 / 10,680 / 96,1 / 10,330
94,1 / 10,663 / 96,2 / 10,314
94,2 / 10,646 / 96,3 / 10,297
94,3 / 10,629 / 96,4 / 10,281
94,4 / 10,612 / 96,5 / 10,265
94,5 / 10,595
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años, emisión de 15 de diciembre de 1993, al 8,20 por 100
(Subasta mes de octubre)
Precio / Rendimiento bruto* / Precio / Rendimiento bruto*
85,5 / 11,072 / 87,6 / 10,718
85,6 / 11,055 / 87,7 / 10,701
85,7 / 11,037 / 87,8 / 10,685
85,8 / 11,020 / 87,9 / 10,668
85,9 / 11,003 / 88,0 / 10,652
86,0 / 10,986 / 88,1 / 10,635
86,1 / 10,969 / 88,2 / 10,619
86,2 / 10,952 / 88,3 / 10,603
86,3 / 10,935 / 88,4 / 10,586
86,4 / 10,918 / 88,5 / 10,570
86,5 / 10,901 / 88,6 / 10,554
86,6 / 10,885 / 88,7 / 10,537
86,7 / 10,868 / 88,8 / 10,521
86,8 / 10,851 / 88,9 / 10,505
86,9 / 10,834 / 89,0 / 10,489
87,0 / 10,818 / 89,1 / 10,473
87,1 / 10,801 / 89,2 / 10,457
87,2 / 10,784 / 89,3 / 10,441
87,3 / 10,767 / 89,4 / 10,425
87,4 / 10,751 / 89,5 / 10,409
87,5 / 10,734
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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