Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-20968

Resolución de 30 de mayo de 1995, de la Secretaría de Estado de Economía, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declaran caducados 34 expedientes de beneficios de las Grandes Areas de Expansión Industrial de Andalucía; Castilla la Vieja, y León y Galicia, concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 18 de septiembre de 1995, páginas 27935 a 27937 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-20968

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 28 de abril de 1995, adoptó un Acuerdo, por el que se declaran caducados 34 expedientes de beneficios de las Grandes Areas de Expansión Industrial de Andalucía; Castilla la Vieja y León, y Galicia, concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda.

Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo, esta Secretaría de Estado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer:

Primero.-Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al texto íntegro del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha día 28 de abril de 1995, por el que se declaran caducados 34 expedientes de beneficios de las Grandes Areas de Expansión Industrial de Andalucía; Castilla la Vieja y León, y Galicia, concedidos a determinadas empresas. Dicho texto, con relación nominal de las empresas afectadas, se incluye como anexo a esta Resolución.

Segundo.-En virtud de lo establecido en el apartado 6 de la base quinta del Real Decreto 3361/1983 y en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de mayo de 1989, se dará traslado del Acuerdo antes citado a los interesados y se comunicará, en su caso, a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y a las correspondientes Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de reintegro de las cantidades que procedan.

Madrid, 30 de mayo de 1995.-El Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.

ANEXO A LA RESOLUCION

Texto del Acuerdo de Consejo de Ministros

El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, que amplía la delimitación de la Gran Area de Expansión Industrial de Castilla-La Mancha, convonca concurso para beneficios en la misma y modifica las bases de convocatorias en Grandes Areas de Galicia, Extremadura, Andalucía y Castilla la Vieja y León, para los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los beneficios de las Grandes Areas de Expansión Industrial, eleva al Consejo de Ministros la siguiente propuesta de

A C U E R D O

Examinados los expedientes de concesión de las Grandes Areas de Expansión Industrial de Andalucía; Castilla la Vieja y León, y Galicia, a las empresas que se relacionan en el anexo de este Acuerdo, a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos beneficios.

Resultando: Que los beneficios fueron otorgados por diversos Acuerdos de Consejos de Ministros y notificados a las empresas por medio de resoluciones individuales que establecen las condiciones específicas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados beneficios, y que estas resoluciones individuales fueron aceptadas por las respectivas empresas.

Resultando: Que las empresas relacionadas en el anexo de este acuerdo no acreditaron sus correspondientes cumplimientos dentro de los plazos otorgados para tal fin, y por ello se instruyeron los oportunos expedientes de caducidad de los beneficios, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, antes citado.

Vistos: Dicho Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre; el Real Decreto 847/1986, de 11 de abril, que asigna al Ministerio de Economía y Hacienda determinadas funciones de desarrollo regional; el Real Decreto 755/1991, de 10 de mayo, de reforma parcial de la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda; el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria; la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y demás disposiciones de aplicación, así como el informe de la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales.

Considerando: Que en la instrucción de los expedientes se han observado todas las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 2.º, base quinta, apartado 6, del Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre.

Considerando: Que constan en los expedientes respectivos los pagos de las cantidades señaladas como subvención percibida por cada una de las empresas, habiéndose solicitado además la confirmación de las fechas efectivas de cobro de las mismas a las respectivas Delegaciones de Economía y Hacienda.

Considerando: Que aun realizando una interpretación integradora del ordenamiento jurídico, que se deriva del artículo 3.º del Código Civil, que permite acudir a los criterios establecidos para los supuestos de incumplimiento parcial, que se concretan en el artículo 37, apartados 3 y 4, del Reglamento de Desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por Real Decreto 1535/1987, añadidos por el Real Decreto 302/1993, que permiten valorar el alcance del incumplimiento en la proporción en que la respectiva condición haya quedado incumplida, no es posible considerar estos incumplimientos parciales, ya que en todos los casos se ha superado el 50 por 100, al menos, en una de las condiciones de inversión o empleo.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda,

R E S U E L V E

Declarar la caducidad de los beneficios de las Grandes Areas de Expansión Industrial de Andalucía; Castilla la Vieja y León, y Galicia, otorgados a las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo, por incumplimiento de las condiciones fijadas para su disfrute, quedando obligadas dichas empresas a reintegrar al Tesoro Público las cantidades que han percibido por subvenciones directas, junto con los intereses que pudieran corresponder, así como a reintegrar, en su caso, el resto de los beneficios concedidos que hayan disfrutado.

Anexo al Acuerdo sobre caducidad de beneficios de Grandes Areas de Expansión Industrial

Relación de empresas afectadas

Número expediente / Titular / Acuerdo concesión / Calificación - Porcentaje / Vencimiento plazo / Subvención percibida - Pesetas / Alcance del incumplimiento Porcentaje: Inv. / Empleo

AL/236/AA / Vilovigips, S. A. / 12-12-84 / A-10 / 30-06-90 / 31.813.382 / 11 / 66

CA/31/AA / Protecsa / 06-07-79 / D / 21-09-84 / - / 100 / 100

CA/35/AA / Cofradía de Pescadores / 06-07-79 / A- 3 / 21-09-84 / 2.728.729 / 9 / 100

CA/532/AA / Diseño y Reproducción, S. L. / 30-10-87 / A-22 / 30-11-92 / - / 100 / 100

CA/534/AA / Garden Holding España, S. A. / 04-12-87 / A-21 / 19-01-93 / - / 100 / 100

CA/549/AA / Barflor, S. A. / 04-12-87 / A-18 / 19-01-93 / / 100 / 100

H/323/AA / Meneu Export, S. A. / 20-02-85 / A-18 / 02-03-90 / 1.527.834 / - / 100

H/469/AA / Angel Alberto de Gorostidi Pérez-Ventana y otros / 04-12-87 / A-16 / 19-01-93 / - / 100 / 100

H/482/AA / Frutas Rodríguez, S. A. / 14-12-87 / A-16 / 09-01-93 / - / 17,8 / 100

J/253/AA / Hermanos Guerrero, S. A. / 30-12-87 / A-12 / 29-01-93 / - / 100 / 100

J/338/AA / Comercializadora Artesana de los Villares, S. A. / 30-12-87 / A-16 / 29-01-93 / - / 100 / 100

MA/385/AA / Subtropicales El Rocío, S. A. / 08-05-87 / A-17 / 23-05-92 / - / 100 / 100

SA/10/CL / «Ledesa» Central Lechera de Salamanca / 31-07-81 / A-25 / 13-08-86 / 10.109.753

(reintegrada el

30-10-86 / 5,3 / 100

SA/11/CL / Sociedad Coop. Limitada «Cunícola Salmantina» / 31-07-81 / A-25 / 13-08-86 / - / 100 / 100

SA/21/CL / Cooperativa «Cudehom» / 12-08-82 / A-25 / 30-08-87 / - / 100 / 100

SA/26/CL / Manuel Rodríguez García y Ricardo Jiménez Manzano / 12-08-82 / A-22 / 30-08-87 / - / 100 / 100

SA/37/CL / Jesús Junquera García-Ontiveros / 26-02-82 / A-20 / 05-05-87 / - / 100 / 100

SA/52/CL / Cecilio Cereceda González / 21-12-83 / A-12 / 06-01-89 / - / 100 / 100

SA/57/CL / Radio Airmotive, S. A. / 12-08-82 / A-20 / 30-08-87 / - / 100 / 100

SA/58/CL / Angel Seseña Arévalo / 12-08-82 / A-16 / 30-08-87 / - / 100 / 100

SA/70/CL / Sociedad Cooperativa Limitada Piensos Pas / 15-10-82 / A-16 / 30-10-87 / - / 100 / 100

SA/75/CL / Incomisa (Industrias Conserveras Mirobriguense) / 12-08-82 / A-30 / 30-08-87 / - / 100 / 100

SA/83/CL / Productos Sanfo / 16-02-83 / A-23 / 15-03-88 / / 100 / 100

SA/94/CL / Sociedad Coop. Ltda. de Tabajo Asociado (Apisa) / 28-07-83 / A-25 / 03-08-88 / - / 100 / 100

SA/97/CL / Mefer, S. A. / 16-02-83 / A-25 / 15-03-88 / - / 100 / 100

VA/215/CL / Futura Alimentaria, S. A. / 03-07-85 / A-28 / 18-07-90 / - / 100 / 100

AG/1545 / Luis González Pereira / 11-04-84 / A-14 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1618 / Mafo Internacional, S. A. / 11-04-84 / A-23 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1707 / Jesús Rey Barral, S. A. / 11-04-84 / A-25 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1709 / Manuel Bargos López / 11-04-84 / A-25 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1746 / Cerámica Britonia, S. A. / 11-04-84 / A- 9 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1787 / Almacenes Reverter, S. A. / 11-04-84 / A-15 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1788 / Manuel Triñánez Lustres / 11-04-84 / A-13 / 23-04-89 / - / 100 / 100

AG/1829 / Manuel Lema Hortas / 11-04-84 / A-20 / 23-04-89 / - / 100 / 100

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid