En el recurso contencioso-administrativo número 17/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Redcar, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 11 de septiembre de 1992, se ha dictado, con fecha 30 de enero de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto a nombre de la entidad "Redcar, Sociedad Anónima", contra Resolución de 11 de septiembre de 1992, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por virtud de la que estimando el recurso de reposición formulado contra la anterior Resolución de 5 de junio de 1991, anulándola, concedió el registro de la marca número 1.313.779, "Camel Trophy", mixta, para productos de la clase 12.ª, consistentes en "Vehículos", del tenor explicitado con anterioridad, y estimando la demanda articulada anulamos la Resolución de 11 de septiembre de 1992 por ser disconforme a Derecho y declaramos la procedencia de la denegación del registro solicitado y la cancelación del registro operada en vía administrativa. Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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