En el recurso contencioso-administrativo número 861/1989, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Compañía Roca Radiadores, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 7 de septiembre de 1988 y 16 de octubre de 1988, se ha dictado, con fecha 31 de enero de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido a nombre de la entidad "Compañía Roca Radiadores, Sociedad Anónima", contra los acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial de 7 de septiembre y 16 de octubre de 1988, éste desestimatorio de la reposición formulada contra el primero sobre concesión a doña Concepción López López del modelo industrial número 114.548 "una tapa embellecedora para accesorios de baño"; cuyos acuerdos declaramos conforme a derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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