En el recurso contencioso-administrativo número 625/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Reserva Mont Ferrant, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 21 de enero de 1991 y 31 de enero de 1992, se ha dictado, con fecha 16 de mayo de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallo: En atención a lo expuesto la Sala ha decidido estimar la demanda interpuesta por la entidad "Reserva Mont Ferrant, Sociedad Anónima", declarar la nulidad por no ser conformes a derecho de los acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial de 21 de enero de 1991 y 31 de enero de 1992, y acordar la concesión a la actora de la marca número 1.276.332 mixta para productos de la clase 33. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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