Vista la propuesta formulada por el Servicio de Conservación,
Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:
1.º Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural, como zona arqueológica, a favor del yacimiento «Villa romana de Tejada», en Quintanilla de la Cueza, municipio Cervatos de la Cueza (Palencia), según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.
2.º Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.
3.º Hacer saber al Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en la zona arqueológica que se pretende declarar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el caso, por la Dirección General.
4.º Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.
Valladolid, 6 de septiembre de 1995.-El Director general, Carlos de la Casa Martínez.
ANEXO
Zona arqueológica: Yacimiento «Villa romana de Tejada» en Quintanilla de la Cueza, municipio Cervatos de la Cueza (Palencia)
Descripción
El yacimiento se localiza al pie de una ligera elevación, en el pago conocido como «Tejada», al noroeste del pueblo, a unos 500 metros de la margen derecha del río Cueza, que confluye con el río Carrión, cerca de Villoldo.
Desde su descubrimiento en 1970, se han ido produciendo sucesivas campañas de excavación, que han puesto en descubierto un posible recinto termal, perteneciente a una edificación residencial señorial, semejante a las existentes en la meseta en época bajoimperial.
El área excavada muestra, tan sólo, una parte de la extensión total que ocuparía la villa, que al parecer se extendía al norte y oeste de las construcciones conocidas.
Lo hasta ahora descubierto se agrupa en tres bloques diferentes:
A) Trece habitaciones dispuestas en un eje norte-sur, con muros de mampostería de caliza y mortero de cal, en alternancia con hiladas de ladrillo.
B) Ancho pasillo orientado de este a oeste, en cuya zona norte se disponen seis habitaciones pavimentadas con mosaico.
C) Lo forma un conjunto de departamentos, quizás almacén, con una orientación aproximada norte-sur.
En general, los muros maestros consisten en un asiento de cantos rodados sobre el suelo en que apoya la pared de mampostería. Sobre ella, iría un tapial de adobes.
Los muros divisorios estaban formados por la base de cantos rodados y el tapial de adobe.
En alguna habitaciones, normalmente las destinadas a hornos, se alterna el muro de mampostería con ladrillo, o éste con núcleo de mortero de piedras y tejas.
Las estancias más nobles tenían, por lo general, estucos con pinturas murales de decoraciones geométricas, vegetales o imitando mármoles.
De las estructuras arqueológicas halladas, destacan por su abundancia y variedad los hipocaustos y los mosaicos.
En cuanto a la cronología del yacimiento, parece clara la existencia de un hábitat desde el siglo II d.C., con un apogeo a finales del siglo III y durante el IV d.C., produciéndose a mediados del siglo V d.C., la decadencia y abandono progresivo de la villa.
Se incluyen como partes integrantes de la declaración, la relación de pavimentos-mosaicos, que a continuación se detalla:
Habitación número 2: Mosaico de hojas cuatripétalos.
Habitación número 3: Mosaico de las cuatro estaciones.
Habitación número 9: Mosaico de octógonos y óvalos.
Habitación número 12: Mosaico del «Ale».
Habitación número 14: Mosaico con nudos de Salomón.
Habitación número 17: Mosaico de las svásticas.
Habitación número 18: Mosaico.
Habitación número 20: Mosaico de los peces.
Habitación número 22: Mosaico de Neptuno.
Habitación número 23 Mosaico de escamas imbricadas.
Habitación número 24: Mosaico de Leda, en forma de T.
Habitación número 25: Mosaico en damero.
En la actualidad, los restos hallados del yacimiento se encuentran protegidos gracias a la construcción de una nave, por la excelentísima Diputación de Palencia, que deja al descubierto la estructura en planta de todas las instalaciones con sus pavimentos, mosaicos, permitiendo la contemplación y conocimiento in situ de las características de la villa.
Delimitación de la zona arqueológica
La zona afectada por la declaración queda delimitada al norte por un camino de concentración que limita con la hoja 15 de concentración parcelaria, al oeste quedan limitadas por otro camino de concentración, y al sur y al este, por un arroyo que llega hasta el camino anteriormente citado que limita con la hoja 15.
Incluye las siguientes parcelas:
Hoja 9 de la zona concentrada de Calzadilla de la Cueza: Parcelas 4, 5, 6, 28 y 29.
Hoja 10 de la zona concentrada de Calzadilla de la Cueza: Parcelas 16, 18, 19, 20, 20, 21, 22 y 23.
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