En el recurso contencioso-administrativo número 1.208/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sociétè des Produits Nestlé, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de mayo de 1991 y 10 de agosto de 1992, se ha dictado, con fecha 24 de abril de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de "Sociétè des Produits Nestlé, Sociedad Anónima", contra las resoluciones de 6 de mayo de 1991 y 10 de agosto de 1992 del Registro de la Propiedad Industrial, por las que se concede la marca número 1.326.484 "Frigo-Frigur" para amparar productos de la clase 30º del Nomenclátor, declaramos la nulidad de las citadas resoluciones al no ser conformes a derecho; sin hacer expresa imposición de las costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en las Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de septiembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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