Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 11 de mayo de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 4.213/1994, promovido por don Martín Val San Martín, sobre asignación de cuota de producción láctea; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Martín Val San Martín contra Ordenes del Ministerio de Agricultura, de 21 de diciembre de 1993, resolutoria del recurso de alzada deducido contra Resolución dictada por la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos, de 14 de diciembre de 1992, por la que se asigna al recurrente la cantidad de referencia individual para el período 1992/1993, y a los efectos del régimen de tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos; sin hacer especial condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Producciones y Mercados Ganaderos.
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