Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco de España, en sesión de 19 de septiembre de 1995, el acuerdo por el que se da de baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera, a «Bayka, Sociedad Anónima», y de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada y resultado fallida la práctica de la notificación, por hallarse la entidad en ignorado paradero, se procede a dar publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva el día 19 de septiembre de 1995:
«La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en sesión de 15 de marzo de 1995, en virtud de la propuesta de apertura de expediente y documentación unida elevada por los Servicios Jurídicos, que acreditaba el incumplimiento de lo dispuesto en las normas primera, c) y cuarta, de la Circular número 8/1992, de 24 de abril, relativas a la remisión del justificante de pago del Impuesto de Actividades Económicas y no cumplimentación ni conservación de los formularios EC-2, acordó la incoación de expediente administrativo de baja en el Registro de Establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera, al establecimiento registrado en la sucursal de Málaga con el número 87/42, nombre de "Bayka, Sociedad Anónima".
Cumplimentados los trámites procedimentales, con traslado a la expedientada, en 13 de junio de 1995, del acuerdo de incoación e incumplimientos de la Circular 8/1992 imputados, concediéndole el plazo de alegaciones señalado en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y resultando acreditados los incumplimientos descritos, contraviniendo lo establecido en las normas primera, c) y cuarta de la referida circular, es procedente, conforme a la propuesta elevada por el Instructor, aplicar lo dispuesto en la norma novena de la citada Circular número 8/1992, de 24 de abril, a cuyo tenor, en caso de incumplimiento de las normas de la presente Circular, el Banco de España, previa incoación de oportuno expediente, dará de baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera al titular infractor.
En consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Banco de España acuerda dar de baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera, al establecimiento registrado en la sucursal de Málaga con el número 87/42, a nombre de "Bayka, Sociedad Anónima"».
Contra este acuerdo podrá interponer recurso ordinario ante el Ministerio de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 19 de septiembre de 1995.-El Secretario general, Enrique Giménez-Arnau Torrente.
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