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Documento BOE-A-1995-22201

Orden de 6 de septiembre de 1995 por la que se modifica el concierto educativo de los centros de Educación Primaria/Educación General Básica «Niño Jesús» y «San José», de Reinosa (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de octubre de 1995, páginas 29650 a 29650 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-22201

TEXTO ORIGINAL

Vista la Orden de 28 de julio de 1995, por la que se autoriza el cambio de denominación, por fusión de los centros «Niño Jesús» y «San José», ambos de Reinosa (Cantabria), a partir de la cual se denominarán «San José-Niño Jesús», así como el cese de actividades del centro «Niño Jesús», en las instalaciones de la calle Peligros, 4, a partir del curso esco lar 1996-1997, por cambio de domicilio a la calle Peñas Arriba, 19.

Debido a que el centro privado concertado de Educación Primaria/ Educación General Básica «Niño Jesús» mantiene un concierto educativo para nueve unidades, en virtud de lo establecido en la Orden de 14 de abril de 1995, y el número de unidades concertadas en el centro «San José» es de diecinueve, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 1993,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la extinción de los conciertos educativos suscritos por los centros privados concertados de Educación Primaria/Educación General Básica «Niño Jesús» y «San José», ambos de Reinosa (Cantabria).

Segundo.-Aprobar la suscripción de concierto educativo al centro «San José-Niño Jesús», de Reinosa (Cantabria), para veintiocho unidades de Educación Primaria/Educación General Básica.

Tercero.-La Dirección Provincial de Educación y Ciencia notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Cuarto.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Cantabria y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Quinto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso 1995-1996.

Sexto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la resolución, previa comunicación a este departamento.

Madrid, 6 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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