Visto el expediente sobre extinción de autorización por cese de actividades del centro de Formación Profesional de Primer Grado «Cervantes», sito en la calle Antonio López, 16, de Santander; iniciado conforme a lo establecido en los artículos 15 y 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-La extinción de la autorización por cese de actividades, con efectos desde el inicio del curso escolar 1995/1996, del centro de Formación Profesional de Primer Grado «Cervantes», sito en la calle Antonio López, 16, de Santander.
Segundo.-La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 8 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1986, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.
Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.
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