De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 del Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y 2.1 de la Ley 46/1980, de 1 de octubre, el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado ha elaborado los índices de precios de mano de obra y los de materiales de la construcción aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 1994, los cuales fueron propuestos para los citados meses.
Aprobados los referidos índices por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del día 19 de enero de 1995, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, este Ministerio ha tenido a bien disponer su publicación en la forma siguiente
Indice nacional mano de obra
Agosto 1994: 254,06.
Septiembre 1994: 254,71.
Indices de precios de materiales de la construcción
Península e islas Baleares: Agosto 1994 / Septiembre 1994 / Islas Canarias: Agosto 1994 / Septiembre 1994
Cemento / 1.170,5 / 1.173,0 / 946,3 / 946,3
Cerámica / 919,9 / 918,7 / 1.645,7 / 1.632,0
Maderas / 1.232,3 / 1.238,0 / 1.088,1 / 1.088,1
Acero / 664,3 / 671,6 / 1.064,0 / 1.064,0
Energía / 1.437,8 / 1.386,1 / 1.821,9 / 1.777,4
Cobre / 653,8 / 676,8 / 653,8 / 676,8
Aluminio / 507,6 / 544,2 / 507,6 / 544,2
Ligantes / 935,6 / 935,6 / 1.103,5 / 1.103,5
Lo que comunico a VV. EE., para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 26 de enero de 1995.
SOLBES MIRA
Excmos. Sres. ...
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