La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 5 de junio de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 500.167 en el que son partes, de una, como demandante doña Milagros García Sanz, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 22 de enero de 1990, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 26 de mayo de 1989, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña Milagros García Sanz, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 22 de enero de 1990, desestimatoria del recurso de reposición promovido frente a la Resolución del mismo Ministerio de 26 de mayo de 1989, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas son conformes a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 27 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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