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Documento BOE-A-1995-22754

Resolución de 28 de septiembre de 1995, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se excluye a un aspirante admitido a las XXXII pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 18 de octubre de 1995, páginas 30436 a 30437 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-22754

TEXTO ORIGINAL

Examinado el procedimiento iniciado a propuesta del Presidente del Tribunal calificador de las XXXII pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, referente a la exclusión del aspirante admitido don Juan José Moll de Alba de Miguel, por no cumplir con determinados requisitos de la convocatoria, se han tenido en cuenta los hechos que figuran a continuación:

Primero.-Don Juan José Moll de Alba de Miguel presentó con fecha de 19 de julio de 1995 solicitud de admisión a las citadas pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. La Resolución de 1 de agosto de 1995, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos, se publica la relación de opositores excluidos y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, no incluía al citado interesado en la relación de aspirantes excluidos y sí en la de incluidos. Transcurridos diez días desde la publicación de la citada lista, y sin indicación alguna de subsanación de errores por parte del citado aspirante, se procedió a incluirlo en la lista definitiva de aspirantes admitidos.

Segundo.-Con fecha de 20 de septiembre de 1995 don Juan José Moll de Alba de Miguel presenta en la Delegación del Gobierno en Cataluña, al amparo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJ-PAC), comunicación previa de la inmediata interposición del recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 1 de agosto de 1995, del Instituto Nacional de Administración Pública, ya referida, sin mayor explicitación de la causa de su interposición.

Tercero.-Remitida la citada comunicación al Instituto Nacional de Administración Pública y recibida en este Instituto con fecha de 25 de septiembre de 1995, se procedió a la revisión del expediente del citado aspirante, detectándose, en la solicitud por él rellenada, el reconocimiento por el interesado de no reunir las condiciones exigidas, al escribir de su puño y letra: «Salvo base 2.1.5 "por haber estado separado de servicio de la Gtat" (Generalitat); añadiendo a renglón seguido "se ruega devolución 3.450 pesetas de derechos participación».

Cuarto.-En tales circunstancias, el Tribunal calificador propone, a través de su Presidente, a esta Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, la exclusión del mencionado aspirante admitido don Juan José Moll de Alba de Miguel, por no cumplir con todos los requisitos exigidos en la Resolución de 22 de junio de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:

Primero.-De conformidad con el párrafo primero de la base 7.5 de la Resolución de 22 de junio de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado: «En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente (Director) del Instituto Nacional de Administración Pública comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes...».

Segundo.-De acuerdo con el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: «Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado».

Esta Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, de acuerdo con todo lo anterior y en ejercicio de la competencia que le atribuye la base 7.5 de la Resolución de 22 de junio de 1995 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, resuelve:

1.º Declarar excluido de las XXXII pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, al aspirante admitido don Juan José Moll de Alba de Miguel, por no cumplir con determinados requisitos exigidos en la Resolución de 22 de junio de 1995, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

2.º Estimar innecesaria la cumplimentación del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni tenerse en cuenta otros hechos que los aducidos por el propio interesado.

3.º Proceder a la devolución de los derechos de examen satisfechos por el interesado, de acuerdo con la base 4.3 de la convocatoria.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa.

Contra esta Resolución podrá interponerse, previa comunicación al Director del Instituto Nacional de Administración Pública, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Mediante este documento se notifica a don Juan José Moll de Alba de Miguel la presente resolución, según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de septiembre de 1995.-El Director del Instituto, Manuel Blasco Legaz.

Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal.

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