Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 24 de febrero de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 746/1993, promovido por don Antonio Cárdenas López, sobre sanción por infracción en materia de aceites; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Antonio Cárdenas López, contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de enero de 1989, que impusieron al recurrente una sanción de multa en relación a los artículos 4.1.3 del Decreto 1945/1983 y punto 1.3 del Decreto 308/1983.
Se impone al demandante las costas de este recurso.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 11 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Política Alimentaria.
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