En el recurso contencioso-administrativo número 1.060/1988, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «The Wellcome Foundation Limited", contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de marzo de 1987 y 16 de mayo de 1988, se ha dictado, con fecha 26 de enero de 1991 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo, en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "The Wellcome Foundation Limited", representada por el Procurador don Santos de Gandarillas Carmona, contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de marzo de 1987 y 16 de mayo de 1988, que denegaron la concesión de la marca número 1.110.203 (9) "Melfalán", para productos de la clase 5.ª del Nomenclátor, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho tales resoluciones, y en su virtud, confirmándolas íntegramente, absolvemos a la Administración de las pretensiones adversas; sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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