En el recurso contencioso-administrativo número 1.708/1988, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Alzir Trademarks Ag.», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 7 de julio de 1986 y 8 de febrero de 1988, se ha dictado, con fecha 17 de enero de 1991 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo, en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Abogado don Fernando Pombo García, en nombre y representación de la entidad "Alzir Trademarks Ag.", contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de fechas 7 de julio de 1986 y 8 de febrero de 1988, por las que se denegò la marca número 1.099.413 "Joker", para los productos que reivindica de la clase 34 del Nomenclátor, habiendo sido parte demandada la Administración, debemos declarar y declaramos dichas resoluciones ajustadas a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas de este recurso.»
En su virtud, este oganismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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