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Documento BOE-A-1995-23499

Resolución de 19 de septiembre de 1995, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Familia, Mujer y Juventud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la cofinanciación de proyectos de intervención social Integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 1995, páginas 31516 a 31517 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-23499

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 26 de junio de 1995 Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Familia, Mujer y Juventud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que se acompaña a la presente Resolución.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de septiembre de 1995.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y LA CONSEJERIA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA PARA LA COFINANCIACION DE PROYECTOS DE INTERVENCION SOCIAL INTEGRAL PARA LA ATENCION, PREVENCION DE LA MARGINACION E INSERCION DEL PUEBLO GITANO

En Madrid a 26 de junio de 1995,

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Javier Valero Iglesias, Subsecretario del Ministerio de Asuntos Sociales, en nombre y representación de este Departamento por delegación de la excelentísima señora Ministra conferida por Orden de 17 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 24);

De otra parte, la excelentísima señora doña Manuela López Besteiro, Consejera de Familia, Mujer y Juventud, en representación de la Comunidad Autónoma de Galicia,

MANIFIESTAN

Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia para financiar conjuntamente proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano;

Que el Ministerio de Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 727/1988, de 11 de julio; 791/1988, de 20 de julio, y 1173/1993, de 13 de julio, tiene competencia en materia de acción social y servicios sociales;

Que la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tiene competencia en materia de asistencia social;

Que la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, incluye un crédito adscrito al Ministerio de Asuntos Sociales, que aparece consignado con la clasificación orgánico-económica 27.03.313L.453 Plan de Desarrollo Gitano. «Transferencias corrientes a Comunidades Autónomas», con una dotación de 519.750.000 pesetas;

Que la Comunidad Autónoma de Galicia dispone, asimismo, de dotaciones presupuestarias para similares fines;

Que los proyectos han sido seleccionados de acuerdo con los criterios objetivos de distribución del crédito, aprobados por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 3 de marzo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril);

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la formulación de un Convenio entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia que regule las condiciones de la subvención, lo que se realiza mediante el presente documento y a tenor de las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-Objeto del Convenio.

Constituye el objeto de este Convenio la regulación del contenido y condiciones de la subvención para la realización de los proyectos cuya cofinanciación se acuerde en cada uno de los ejercicios económicos de vigencia del presente Convenio.

A tal efecto, en el anexo figuran los importes correspondientes a los proyectos cofinanciados en el ejercicio 1995.

Segunda.-Aportaciones económicas de las partes.

La aportación económica del Ministerio de Asuntos Sociales, para los fines del presente Convenio, es de 36.500.000 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Galicia y las Corporaciones Locales, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, en su caso, se comprometen a aportar la cantidad de 24.333.333 pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

El desglose de la financiación por proyectos se contiene en el anexo.

Tercera.-Pago y justificación de la subvención.

Tras la firma del presente Convenio, el Ministerio de Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Galicia la cantidad que le corresponde de acuerdo con los proyectos seleccionados.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre), la Comunidad Autónoma de Galicia justificará la subvención recibida ante el Ministerio de Asuntos Sociales mediante la presentación de una certificación del ejercicio anterior 1994 y una Memoria de evaluación y justificativa del gasto, al cierre del ejercicio económico de 1996, cumplimentadas ambas en modelo consensuado y homologado por el Ministerio y la Comunidad Autónoma.

Cuarta.-Modificaciones en el desarrollo de los proyectos.

La Comunidad Autónoma deberá comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los proyectos, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Quinta.-Publicidad.

En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos proyectos se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sexta.-Información.

La Comunidad Autónoma de Galicia remitirá al Ministerio de Asuntos Sociales los datos que sean precisos para el seguimiento y evaluación del desarrollo de acciones que se financien en base a este Convenio.

Séptima.-Seguimiento de los proyectos.

Para el seguimiento del presente Convenio, la Comunidad Autónoma de Galicia designará un representante en la Comisión de Seguimiento del Programa de Desarrollo Gitano, formada por representantes de la Dirección General de Acción Social y uno por cada una de las Comunidades Autónomas que firmen los correspondientes convenios.

La Comisión de Seguimiento tendrá como funciones: Velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo; prestar asistencia a las Administraciones firmantes, y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.

Los representantes del Ministerio serán designados por la Directora general de Acción Social y el representante de la Comunidad Autónoma por el Director/a general competente.

Octava.-Duración del Convenio.

La duración del Convenio se establece para el año 1995 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

No obstante, los firmantes manifiestan su voluntad de hacerlo extensivo a años sucesivos, a cuyo efecto el presente Convenio se prorrogará de forma automática para los siguientes ejercicios económicos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes, que deberá producirse, en todo caso, con al menos tres meses de antelación al cierre del ejercicio económico en curso.

De esta prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda de este documento, así como en el correspondiente anexo, que deberán ser actualizadas cada año en los términos establecidos en la cláusula primera de este Convenio, ajustadas a las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Novena.-Cuestiones litigiosas.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Por el Ministerio de AsuntosPor la Comunidad Autónoma

Sociales,de Galicia,

El Subsecretario del MinisterioLa Consejera de Familia,

de Asuntos Sociales,Mujer y Juventud,

Javier Valero IglesiasManuela López Besteiro

ANEXO

Crédito 27.03.313L.453. Plan de Desarrollo Gitano. Año 1995

Número proyecto / Provincia / Municipio y asentamiento / Entidad / Denominación del proyecto / Número beneficiarios / Financiación M.º Asuntos Sociales / Financiación Comunidad Autónoma / Total

1 / La Coruña. / Ferrol. Pilar, Feria del Dos, Pazos. / Ayuntamiento de Ferrol. / Mejorando la convivencia. / E 118 / 2.000.000 / 1.333.333 / 3.333.333

2 / La Coruña. / Narón. Freixeiro. / Concello de Narón. / Proyecto de intervención social con gitanos. / 91 / 800.000 / 533.333 / 1.333.333

3 / La Coruña. / Riveira. Dean, Xaras, Sirves, Palmeira, Frions. / Concello de Riveira. / Programa piloto de intervención integral. / 117 / 2.600.000 / 1.733.333. / 4.333.333

4 / La Coruña. / Santiago de Compostela. Vite, Fontiñas. / Ayuntamiento de Santiago. / Intervención familiar. Formación de formadores. / 95 / 5.500.000 / 3.666.667 / 9.166.667

5 / Lugo. / Lugo. Poblado de Nazaret y otros. / Ayuntamiento de Lugo. / Integración social del colectivo gitano. / 459 / 6.000.000 / 4.000.000 / 10.000.000

6 / Lugo. / Viveiro. Covas. / Concello de Viveiro. / Integración social de población gitana. / 149 / 1.500.000 / 1.000.000 / 2.500.000

7 / Orense. / Orense. / Ayuntamiento de Orense. / Programa de desarrollo gitano. / 255 / 6.100.000 / 4.066.667 / 10.166.667

8 / Orense. / Maside, Carballiño. / Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Carballiño. / Plan de desenvolvimiento gitano. / 141 / 3.500.000 / 2.333.333 / 5.833.333

9 / Orense. / Verín. Grupo Monterrey-Campo Grande. / Concello de Verín. / Plan de intervención integral del colectivo gitano. / 160 / 2.500.000 / 1.666.667 / 4.166.667

10 / Orense. / Xinzo de Limia. / Concello de Xinzo de Limia. / Intervención integral del colectivo gitano de Xinzo de Limia. / 85 / 1.500.000 / 1.000.000 / 2.500.000

11 / Pontevedra. / Marín. / Concejalía de Sanidad, Abastecimiento y Asistencia Social. / Programa de desarrollo gitano. / 30 / 1.500.000 / 1.000.000 / 2.500.000

12 / Pontevedra. / Vigo. / Ayuntamiento de Vigo. / Formación y educación. / 320 / 3.000.000 / 2.000.000 / 5.000.000

Totales / 2.020 / 36.500.000 / 24.333.333 / 60.833.333

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