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Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 243, de fecha 11 de octubre de 1995, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 29846, artículo 5, suprimir una de las frases «la evaluación de los resultados artísticos de las actividades realizadas por la Orquesta», al existir repetición.
En la misma página, artículo 9, párrafo tercero, donde dice: «pasará a ocupar el mismo candidato con mayor número de votos...», debe decir: «pasará a ocupar el mismo el candidato con mayor número de votos...».
En la página 29847, artículo 16, párrafo segundo, donde dice: «en el régimen establecido en la legislación vigente», debe decir: «en el régimen establecido en la legislación laboral vigente».
En la página 29848, artículo 23, párrafo tercero, donde dice: «elegido entre los restantes que se presenten, ...», debe decir: «elegido entre los restantes que no se presenten, ...».
En la misma página, artículo 28, párrafo segundo, donde dice: «contará para los componentes de dicho grupo con ensayo de conjunto completo...», debe decir: «contará para los componentes de dicho grupo como ensayo de conjunto completo...».
En la página 29849, se ha omitido la numeración del artículo 36 que se inicia en el ahora párrafo cuarto del artículo 35: «Los profesores de la Orquesta Nacional no podrán participar ni actuar en ninguna orquesta...».
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