Advertida errata en la inserción del texto del Convenio Colectivo citado, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Página 26731, artículo 41. Baja voluntaria, primer párrafo, donde dice: «El personal fijo de la empresa en edades comprendidas entre cincuenta y tres y sesenta y cuatro años, y con una antigüedad mínima de diez años, podrá pedir voluntariamente su baja», debe decir: «El personal fijo de la empresa en edades comprendidas entre cincuenta y ocho y sesenta y cuatro años, y con una antigüedad mínima de diez años, podrá pedir voluntariamente su baja».
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