Vista la propuesta formulada por el Servicio de Conservación, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; en el Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; en el Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:
Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como monumento a favor de la iglesia de «El Salvador», en Fuentepelayo (Segovia), según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.
Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.
Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Fuentepelayo que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar el inmueble que se pretende declarar, o en su propio entorno, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o, si es el caso, por la Dirección General.
Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.
Valladolid, 6 de octubre de 1995.-El Director general, Carlos de la Casa Martínez.
ANEXO
Iglesia de «El Salvador», en Fuentepelayo (Segovia)
Descripción
Realizada en mampostería y ladrillo, la iglesia consta de tres naves, separadas por dos enormes arcos de ladrillo en un lateral, y en otro, por tres arcos de piedra caliza biselados, que apoyan sobre cuatro columnas renacentistas.
Destaca el artesonado, que cubre la parte posterior de la nave, obra de los siglos XIII y XIV, del más puro estilo mudéjar, hecho de lacería, formando ruedas de doce alfardones en torno a un centro policromado.
El ábside, más elevado que el cuerpo de la iglesia, se cubre con bóvedas de crucería, siglo XVI, estilo gótico, y está construido sobre gran parte de los cimientos y paredes del primitivo.
A ambos lados del ábside se sitúan dos dependencias de planta cuadrada correspondientes a la sacristía y a la torre.
Adosado a la nave, en su lado este, se abre un pórtico.
Delimitación del entorno de protección
El entorno queda delimitado por la línea que recoge las parcelas con fachada a la iglesia, y son las siguientes:
Parcelas números 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de la manzana 17.436. Parcelas números 12, 13, 14, 15 y 16 de la manzana 18.437. Parcela número 1 de la manzana 18.436. Parcelas números 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la manzana 17.422. Y parcela número 9 de la manzana 16.423.
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