En el recurso contencioso-administrativo número 703/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con sede en La Coruña, interpuesto por don Manuel Ladra González, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia, el 18 de enero de 1995, cuyo fallo es el siguiente:
«Debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Ladra González contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de fecha 10 de febrero de 1993, por la que se desestimó el recurso de alzada contra el acuerdo de la Comisión Nacional Evaluadora de fecha 16 de diciembre de 1991, sobre solicitud de reconocimiento de actividad investigadora; sin hacer imposición de costas.»
Dispuesto por Orden de 16 de mayo de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia, en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 15 de junio de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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