La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 7 de junio de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 05/855/93, en el que son partes, de una, como demandante, doña María del Carmen Valero Sánchez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 8 de marzo de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 2 de septiembre de 1992, sobre integración en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en su propio nombre y derecho por doña María del Carmen Valero Sánchez, contra resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 8 de marzo de 1993, a la que la demanda se contrae, declaramos que la resolución impugnada es conforme a derecho; sin hacer expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 25 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de Administración Pública.
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