Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 20 de julio de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 4.165/1994, promovido por don Florentino Bello López, sobre asignación de cuota de producción láctea, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo deducido por don Florentino Bello López contra Resolución del ilustrísimo señor Director general de Servicios (por delegación, en Orden de 30 de julio de 1990, "Boletín Oficial del Estado" de 2 de agosto) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Administración estatal de 10 de diciembre de 1993, desestimatoria de recurso de alzada contra Resolución del ilustrísimo señor Director general de Producciones y Mercados Ganaderos de 14 de diciembre de 1992, asignando a la recurrente la cantidad de referencia de producción láctea para el período 1992 a 1993; sin hacer pronunciamiento respecto al pago de las costas devengadas en la sustanciación del procedimiento.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 25 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Producciones y Mercados Ganaderos.
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