La Casa Bauer, conocida como Casa de Gentiles Hombres hasta el siglo XIX, fue edificada entre 1774 y 1777, de conformidad con los planos del Arquitecto don José Díaz Gemanes.
El edificio ha sufrido diversas reformas y utilizaciones, y en la actualidad es destinado a viviendas independientes, pero en conjunto conserva su interés tipológico y formal.
La Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 9 de mayo de 1983, incoó expediente de declaración como monumento histórico-artístico a favor de la Casa Bauer, sita en la calle Infantes, número 8, de San Ildefonso de La Granja (Segovia).
Con fecha 23 de junio de 1984, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, y con fecha 29 de marzo de 1995, la Universidad de Valladolid, informan favorablemente la declaración.
De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento y, a tal efecto, ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 13 de octubre de 1995, dispongo:
Artículo 1.
Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la Casa Bauer, en calle Infantes, número 8, en San Ildefonso (municipio de San Ildefonso-La Granja), Segovia.
Artículo 2.
El entorno queda definido por una línea que, siguiendo la de fachada de la Casa de Infantes, continúa hasta su intersección con el eje de la calle Reina, siguiendo por esta calle hasta su intersección con el eje de la calle Cuartel Nuevo, y sigue por este eje hasta la línea de fachada de la Casa de Infantes, en la calle de este mismo nombre.
La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.
Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, y recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución expresa del recurso de reposición previo, o en el plazo de un año, si la Resolución expresa no se produjera en el plazo de un mes.
Valladolid, 13 de octubre de 1995.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-La Consejera de Educación y Cultura, Josefa E. Fernández Arufe.
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