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Documento BOE-A-1995-24865

Resolución de 10 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Ordenación Profesional, por la que se convocan los actos de asignación de plazas correspondientes a la convocatoria especifica 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 1995, páginas 33093 a 33094 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-24865

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 2 de agosto de 1995, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 4 siguiente, aprobó la convocatoria específica de prueba selectiva 1995 para acceder en 1996 a plazas de formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria según lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 931/1995, de 9 de junio.

La base X de las contenidas en la Orden de 2 de agosto de 1995 dispone que, aprobadas las relaciones definitivas de resultados, la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad y Consumo convoque a los seleccionados en las pruebas 1995 para que presenten solicitud de adjudicación de plazas.

Por consiguiente, aprobadas las relaciones definitivas de los resultados obtenidos por los participantes en las pruebas selectivas 1995, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de junio de 1989, por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada y atendiendo al calendario establecido en el anexo VI de la Orden de convocatoria, esta Dirección General resuelve:

Primero. Mesa de Asignación y recepción de solicitudes.

1. A partir del lunes de 20 de noviembre de 1995 se constituirá en Madrid la Mesa de Asignación que recibirá las solicitudes de adjudicación de plaza que presenten los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas 1995 por riguroso orden de mayor a menor puntuación total individual.

2. La Mesa de Asignación se reunirá en Madrid en el salón de actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo del Prado, números 18 y 20 de Madrid, con entrada por la calle Huertas).

3. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 1995, a los que expresamente se convoca por medio de esta Resolución, deberán comparecer ante la Mesa citada, en el día y la hora que se señala en el calendario de sesiones a que se refiere el siguiente apartado segundo, bien personalmente, provistos de su documento nacional de identidad, o bien, mediante representante al que hubiesen otorgado poder bastante al efecto ante Notario.

4. La Mesa de Asignación observará, rigurosamente, las reglas contenidas en los artículos 11 y 12 de la Orden de 27 de junio de 1989 y en la base X de las aprobadas por Orden de 2 de agosto de 1995 para la recepción de las solicitudes, que deberán ajustarse a los requisitos previstos en las disposiciones citadas.

5. Las solicitudes se referirán a las plazas que se encuentren libres de otra petición anterior sobre ellas. Recibida la solicitud la Mesa entregará al interesado el resguardo correspondiente.

Segundo. Calendario y turnos de presentación de solicitudes.

1. Los aspirantes seleccionados en la prueba 1995 a plazas de formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, presentarán solicitud de adjudicación o de reserva de plaza ante la Mesa de Asignación que a estos efectos celebrará sesión conforme el siguiente calendario:

Lunes, 20 de noviembre de 1995, a las dieciséis horas.

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre el numero 1 y el 400, ambos inclusive.

Martes, 21 de noviembre de 1995, a las ocho treinta horas:

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre el número 401 y el 800, ambos inclusive.

Martes, 21 de noviembre de 1995, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre el número 801 y el 1.200, ambos inclusive.

Miércoles, 22 de noviembre de 1995, a las ocho treinta horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre el número 1.201 y el 1.600, ambos inclusive.

Miércoles, 22 de noviembre de 1995, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre el número 1.601 y el 2.000, ambos inclusive.

Si por renuncias, incomparecencias o cualquiera otras circunstancias quedasen plazas vacantes por proveer, estas plazas se asignarán a continuación y en este mismo acto a los aspirantes que las soliciten por riguroso orden numérico y de puntuaciones totales individuales reconocidas en la relación definitiva de resultados. A estos efectos, quedan convocados todos los aspirantes comprendidos en la relación.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los anteriores apartados, la Mesa declarará cerradas las sesiones una vez se presente solicitud de adjudicación de plaza sobre la última que reste para proveer.

Tercero. Solicitudes de reserva de plaza.

1. Conforme dispone el artículo 12 de la Orden de 27 de junio de 1989, los aspirantes que resulten llamados para presentar solicitud de adjudicación de plaza y se encuentren sujetos a cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio militar, o de la prestación social sustitutoria de éste, o de otras que nazcan de la Ley y no sean de naturaleza voluntaria, podrán interesar ante la Mesa la reserva de plaza presentando el certificado que acredite su sustitución.

2. La Mesa a la vista del certificado que se haya aportado tramitará la solicitud de reserva. La asignación de plaza con reserva sólo procederá si la plaza en cuestión se encuentra libre de otra petición anterior de reserva sobre la misma y pueda ser provista en la presente convocatoria.

Cuarto. Solicitudes de adjudicación o de reserva de plazas correspondientes a centro de titularidad privada con derecho de conformidad.

1. Conforme dispone el apartado primero de la Orden de 2 de agosto de 1995 y el número 3 de la base X de las de la misma, para solicitar la adjudicación o la reserva de plaza que corresponda a un centro de titularidad privada que ejerza el derecho a prestar conformidad, el interesado deberá haber obtenido una puntuación total individual a la que corresponda un número de orden igual o menor que el obtenido por el último adjudicatario de plazas del sector público y acompañar a la solicitud el documento que acredite la conformidad del centro. En cualquier caso, la plaza en cuestión deberá hallarse vacante y libre de otra petición anterior sobre la misma.

2. Los centros e instituciones de titularidad privada que deseen renunciar a ejercer el derecho a prestar conformidad a los aspirantes para alguna o para todas las plazas por ellos financiadas y que pretendan que se adjudiquen éstas por igual procedimiento a las del sector público, deberán hacerlo constar expresamente ante la Dirección General de Ordenación Profesional antes de las catorce horas del viernes 17 de noviembre de 1995, para que pueda anunciarse a los interesados esta circunstancia antes del comienzo de los actos de asignación citados para el siguiente lunes día 20.

Quinto. Adjudicación de plazas y reconocimiento de reservas.

1. El Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo resolverá las solicitudes de adjudicación presentadas y aprobará la relación de quienes pueden iniciar en el año 1996 formación en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, ordenando su exhibición en los servicios centrales, servicios territoriales y unidades administrativas del Ministerio de Sanidad y Consumo. La citada resolución se comunicará a las Comunidades Autónomas, a las unidades docentes y a la Dirección General de Enseñanza Superior del Ministerio de Educación y Ciencia.

2. Asimismo, la Dirección General de Ordenación Profesional resolverá sobre las solicitudes de reserva de plaza que se hayan formulado, notificando la resolución que dicte a los interesados.

Sexto. Renuncias y efectos.

1. Los aspirantes que hayan obtenido o se les haya reconocido reserva de plaza en formación en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria deberán renunciar a la misma si optan por concurrir a la convocatoria general anual 1995.

A los efectos de participar en la convocatoria general 1995, la renuncia deberá realizarse, o bien de forma expresa durante los actos de asignación de plazas, o bien, no compareciendo a los mismos.

La renuncia a la plaza también se podrá realizar con posterioridad al acto de adjudicación y hasta la finalización del plazo de presentación de documentos de la convocatoria general 1995.

2. Los que renuncien a obtener plaza en formación de Medicina Familiar y Comunitaria en la convocatoria específica y no obtengan plaza de otra especialidad en la convocatoria general, conservarán su derecho a ocupar plaza en convocatoria específica sucesiva de acuerdo con el orden que determine el resultado de su examen en esta prueba específica o el obtenido en el caso de presentarse de nuevo si este último fuera más favorable.

Séptimo. Plazos y trámites de toma de posesión e incorporación a la plaza.

1. Una vez aprobada la relación de plazas adjudicadas, los aspirantes a los que se adjudique plaza tomarán posesión de la misma, en la correspondiente unidad docente, en el plazo que se determine para los adjudicatarios de plaza de la convocatoria general 1995, cuyo anexo VI prevé la incorporación a partir del 15 de abril de 1996.

2. Conforme dispone la base X de la Orden de 2 de agosto de 1995, los adjudicatarios de plaza, una vez hayan tomado posesión de la misma en la correspondiente unidad docente, solicitarán, por riguroso orden de puntuación total individual obtenida en la prueba selectiva y ante una comisión constituida al efecto, la asignación de centro hospitalario y centro de salud al que serán adscritos.

3. Excepcionalmente, los adjudicatarios de plaza podrán retrasar su efectiva incorporación a la plaza adjudicada hasta el día 1 de mayo de 1996, siempre que se encuentren cumpliendo el servicio militar activo obligatorio, la prestación social sustitutoria del mismo u otras obligaciones que nazcan de la Ley y no sean de naturaleza voluntaria y que las citadas obligaciones finalicen antes de aquella fecha, en cuyo caso lo deberán acreditar así, ante el centro de que se trate, en el plazo de toma de posesión que se ha señalado con carácter general.

4. Los aspirantes a los que se reconozca reserva de plaza podrán incorporarse a ella en el plazo que se señale a los adjudicatarios de plaza de la próxima convocatoria específica 1996, siempre que hubiesen finalizado en aquel momento el cumplimiento de las obligaciones que motivaron la reserva. En ningún caso, se les permitirá hasta entonces la incorporación, aun en el supuesto de que desaparezca antes la causa de la reserva. A estos efectos, la Dirección General de Ordenación Profesional señalará el plazo en que los aspirantes a los que reconozca reserva deberán solicitar la adjudicación para 1997 de la plaza reservada, acreditando la fecha prevista para la finalización de las obligaciones que motiven sus reservas en la resolución a que se refiere el número 2 del anterior apartado quinto.

Octavo. Plazas vacantes, traslados y régimen de formación.

1. Las plazas que no se cubran en la presente convocatoria específica se acumularán a la convocatoria general 1995. No se permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de unidad docente, salvo el supuesto excepcional de la revocación de la acreditación.

2. Los adjudicatarios de plaza no podrán compatibilizar ni simultanear la formación en la especialidad que corresponda con el seguimiento de otro programa formativo o con cualquier otra actividad que suponga incompatibilidad horaria o disminución de las actividades comprendidas en el programa, con excepción de lo dispuesto en el número 4 del artículo 14 de la Orden de 27 de junio de 1989.

3. Los adjudicatarios de plaza de residente que puedan resultar afectados por el régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas o por el del personal militar deberán hacer manifestación al respecto en el acto de toma de posesión formulando la opción que interese.

Madrid, 10 de noviembre de 1995.-El Director general, Ricard Gutiérrez Martí.

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