Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-2487

Acuerdos de 11 de enero de 1995, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se hace publico el de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 12 de diciembre de 1994, por el que se aprueba la modificación de las normas de reparto entre Secciones Orgánicas de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, como consecuencia de la entrada en funcionamiento de su Sección Octava.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 1995, páginas 2996 a 2997 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1995-2487

TEXTO ORIGINAL

Primero.-La actual adecuación entre los asuntos de nuevo ingreso y los que se concluyen por sentencia, en todas las Secciones, salvo la Primera, y la transitoriedad de las competencias de esta Sala, pues a su ampliación operada por la reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 66, el Anteproyecto de reforma de la Ley Jurisdiccional contiene numerosas otras que de alcanzar la naturaleza de ley, obligarán a una profunda alteración no sólo en el turno de reparto, sino de carácter orgánico, hacen conveniente, y así se propone en aplicación del artículo 152.1.1.º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, atribuir a la nueva Sección funciones esencialmente de apoyo hasta que se aprueben las nuevas normas de reparto y más aún al ser hoy día imposible cuantificar los recursos que con la reforma del artículo 66 de la citada Ley pueden ingresar y al habernos hecho saber el Consejo General del Poder Judicial la imposibilidad por ahora, por razones presupuestarias, de ejecutar el Plan de Apoyo por los propios Magistrados titulares de la Sala, aprobado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de 19 de julio de 1994.

Segundo.-Y es en relación con las Secciones Segunda y Sexta, y en menor medida, la Tercera y Quinta, donde es más imperiosa la necesidad de recuperación del atraso que padecen tanto en tramitación como en terminación por sentencia de los recursos. Por ello, con conocimiento y plena conformidad de todos los consultados Presidente y Magistrados de tales Secciones, y tras el estudio comparativo de los datos estadísticos reales, se propone mantener el actual turno de reparto, y deferir el conocimiento y decisión en el susodicho carácter de apoyo, a la Sección Octava los siguientes recursos, salvo los que se hallen en ejecución de sentencia, afectantes a:

De la Sección Segunda:

Impuestos especiales.

Renta de Aduanas (incluso desgravación fiscal a la exportación).

Impuestos sobre el Lujo.

Tasas, cánones y similares.

De la Sección Sexta:

Impuestos municipales.

Seguridad Social.

El número de recursos no excederán de 700 por cada Sección, y hallándose aproximadamente 400 de ellos en trámite para sentencia, según se concretará en relación adjunta a esta propuesta, y, en su caso, al acuerdo aprobatorio de la Sala de Gobierno.

De la Sección Tercera:

Ministerio de Educación y Ciencia en materia de reconocimiento de Catedrático, y la de escalafonamiento del personal del Ministerio de Defensa.

De la Sección Quinta: Respecto a lo de:

Incompatibilidades.

Expedientes disciplinarios-sanciones.

concursos.

Ingresos función pública.

Nombramientos.

Integración.

Trienios Ministerios de Agricultura. De los diversos Ministerios que también se especifican en relación adjunta que, al igual que respecto al resto de las Secciones se propone se una al acta de la Sala de Gobierno, si fuere aprobatoria.

Tercero.-Dado, como se anticipaba, al anormalísimo ingreso en este año 1994 de recursos en la Sección Primera y tratándose en su práctica totalidad sobre materias de tanta trascendencia como las referidas a Derechos Fundamentales, del Ministerio del Interior y del de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, parece conveniente, aprovechando el reajuste que necesariamente determina la entrada en funcionamiento de la Sección Octava, modificar el actual reparto, atribuyendo con plenitud a la Sección Cuarta los recursos que a partir de la fecha del acuerdo de la Sala de Gobierno, si fuere aprobatorio, ingresaren en la Sala, así como todos los que se hallan en tramitación, que correspondan a los Ministerios de Presidencia, Asuntos Exteriores y Asuntos Sociales. Y en este punto y sentido quedaría modificado el acuerdo de la Sala de Gobierno de esta Audiencia de 3 de octubre de 1994.

La Sala acuerda:

Unico.-Aprobar la propuesta formulada sobre las nuevas normas de reparto de asuntos entre las distintas Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo por la creación e inminente entrada en funcionamiento de la Sección Octava, mandándose unir a esta acta relación nominal de recursos que pasa a conocer la nueva Sección.

Madrid, 11 de enero de 1995.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

SALA SANCHEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 11/01/1995
  • Fecha de publicación: 31/01/1995
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencia Nacional
  • Reparto de asuntos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid