El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determina que las Administraciones de las Comunidades Autónomas fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.
En consecuencia, a propuesta del Consejero de Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, dispongo:
Artículo único.
El calendario de días inhábiles, a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante el año 1995 en la Comunidad de Madrid, se fija en los siguientes términos:
A) Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de los domingos, las fiestas laborales en esta Comunidad Autónoma que figuran en la Resolución de 5 de diciembre de 1994, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la publicación de las fiestas laborales para el año 1995 («Boletín Oficial del Estado», del 14), y que a continuación se relacionan:
6 de enero, Epifanía del Señor.
20 de marzo, lunes siguiente a San José.
13 de abril, Jueves Santo.
14 de abril, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
2 de mayo, Fiesta de la Comunidad de Madrid.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
B) Además, serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días de sus respectivas fiestas locales que figuran en la relación aprobada por la Dirección Provincial de Trabajo con fecha 20 de diciembre de 1994 («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» del 27).
Disposición final.
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiendo publicarse también en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de diciembre de 1994.-El Presidente, Joaquín Leguina.-El Consejero de Presidencia, Agapito Ramos.
(Publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 311, de 31 de diciembre de 1994)
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