Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Farell Instruments, Sociedad Limitada», con domicilio social en Barcelona, Puerto Príncipe, 29, código postal 08027, esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al transmisor de datos, marca «Farell Instruments», modelo TUC30, con la inscripción E 00 95 0526, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de importadores, fabricantes o comercializadores que otorgará al Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 27 de julio de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Transmisor de datos.
Fabricado por: «Farell Instruments, Sociedad Limitadas».
En: España.
Marca: «Farell Instruments».
Modelo: TUC30.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 2255/1994, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 1995),
con la inscripción / E / 00 95 0526 /
y plazo de validez hasta el 31 de julio de 2000.
Advertencia:
Potencia máxima: 0,5 W.
Separación canales adyacentes: 25 KHz.
Modulación: Frecuencia.
Banda utilizable: 433,050-433,350 MHz según UN-30 del CNAF.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado en los términos establecidos en el artículo 14.2 del Real Decreto 1066/1989.
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