En el recurso contencioso-administrativo número 1.218-90-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Especialistas del neumático en Aragón, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 12 de diciembre de 1988 y 2 de enero de 1990, se ha dictado, con fecha 22 de marzo de 1991 por el citado Tribunal sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos la demanda interpuesta por el Procurador don Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de "Especialistas del neumático en Aragón, Sociedad Anónima", contra la Resolución de 12 de diciembre de 1988, confirmada por la Resolución de 2 de enero de 1990, denegatorias del registro de nombre comercial de dicha denominación, declaramos ajustadas a Derecho tales Resoluciones, y sin hacer condena en costas,»
En su virtud, este organismo en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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