En el recurso contencioso-administrativo número 2.745/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia por «Sintes Electromedicina, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 9 de septiembre de 1992, se ha dictado, con fecha 7 de julio de 1995, por el citado Tribunal sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimar el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Sintes Electromedicina, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de abril de 1991, confirmada por otra en reposición, por la que se concedió a "Sintex Ibérica, Sociedad Anónima", el registro de la marca número 1.293.758, "Sintex", y gráfico. Y debemos declarar y declaramos contrarios a derecho los actos administrativos impugnados, debiéndose anular y dejar sin efecto el acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial que concedió la marca número 1.293.758, "Sintex"; sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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