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Documento BOE-A-1995-25304

Orden de 7 de noviembre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 5/1.095/1991, promovido por don Ángel Bombín Bombín.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 21 de noviembre de 1995, páginas 33757 a 33758 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-25304

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 10 de mayo de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1.095/1991, en el que son parte, de una, como demandante, don Angel Bombín Bombín, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 20 de marzo de 1990, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 27 de diciembre de 1989, sobre plazas ofrecidas a funcionarios de nuevo ingreso del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Estimamos parcialmente el recurso jurisdiccional planteado por don Angel Bombín Bombín y, en consecuencia, anulamos la Resolución adoptada por la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 27 de diciembre de 1989 («Boletín Oficial del Estado» de 8 enero de 1990) en cuanto a la sola adjudicación de destinos hecha en la misma y no ofertados previamente a los funcionarios ya ingresados, así como la Resolución de 20 de marzo de 1990, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a aquélla, por ser dichas resoluciones contrarias al ordenamiento jurídico.

Segundo.-Desestimamos las restantes pretensiones deducidas.

Tercero.-No hacemos imposición de las costas procesales.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 7 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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