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Documento BOE-A-1995-25427

Orden de 6 de noviembre de 1995 sobre resolución de 25 expedientes por incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos al amparo de la Ley 50/1985.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1995, páginas 33912 a 33913 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-25427

TEXTO ORIGINAL

A las empresas relacionadas en el anexo de esta Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas en las resoluciones de concesión de las subvenciones, se les instruyeron los oportunos expedientes de incumplimientos, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.

En la instrucción de los expedientes se han observado olas formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos pre ceptivos para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por Real Decreto 302/1993, de 26 de febrero, y por Real Decreto 2315/1993, de 29 de diciembre.

De las actuaciones resulta probado que los titulares de las subvenciones no han acreditado haber cumplido en tiempo y forma las obligaciones que contrajeron en la aceptación de las condiciones de los incentivos.

Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y su reglamento de desarrollo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y demás disposiciones de aplicación, así como los informes de la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales, tiene a bien disponer:

Artículo único.

Se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales otorgados a las empresas relacionadas en el anexo de esta Orden. En consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento según se detalla en el anexo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados, previa la comunicación preceptiva al Ministerio de Economía y Hacienda, pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Madrid, 6 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.

Anexo a la orden de declaración de incumplimiento de condiciones en expedientes de concesión de incentivos regionales

Relación de empresas afectadas

Nºmero de expediente / Titular / Cantidades percibidas Pesetas / Alcance del incumplimiento - Porcentaje / Subvención concedida - Pesetas / Subvención procedente Pesetas

CA/0193/P08 / Hotel Monasterio de San Miguel, S. A. / - / 100,00 / 26.877.510 / -

H/0049/P08 / Talleres Kip, S. A. / - / 100,00 / 5.008.080 / -

SE/0143/P08 / Frutas para Europa, S. A. (FRUPESA) / - / 100,00 / 38.316.800 / -

SE/0257/P08 / Surmédica, S. A. / - / 100,00 / 12.222.100 / -

AS/0138/P01 / Cooperativa de Carpintería la Asturiana (COCLAS) / - / 100,00 / 3.996.840 / -

BU/0033/P07 / Chapecar, S. L. / - / 100,00 / 4.737.500 / -

BU/0051/P07 / Texgu, S. A. / - / 100,00 / 11.741.900 / -

BU/0057/P07 / Cristalerías el Cid, S. L. / - / 100,00 / 5.250.000 / -

BU/0212/P07 / Bodegas Señoría de Nava, S. A. / - / 27,22 / 25.974.540 / 18.904.270

LE/0038/P07 / Droguería Santa Ana, S. L. / - / 100,00 / 9.625.000 / -

LE/0041/P07 / Acequias Bañezanas, S. A. / - / 100,00 / 16.280.940 / -

LE/0048/P07 / Piedras Naturales Mario, S. L. / - / 100,00 / 8.218.500 / -

LE/0076/P07 / Maderas Arquela, S. A. / - / 100,00 / 9.397.080 / -

LE/0088/P07 / Viñas y Bodegas del Bierzo, S. A. / - / 100,00 / 9.671.040 / -

LE/0181/P07 / Cuarcitas Pardoniña, S. A. / - / 35,86 / 15.980.400 / 10.249.829

P/0004/P07 / Montajes Eléctricos Ome, S. A. / - / 100,00 / 15.800.400 / -

P/0015/P07 / Carpinterías Especiales, S. A. / - / 100,00 / 12.807.360 / -

P/0022/P07 / Termiglás, S. A. / - / 100,00 / 27.593.750 / -

P/0039/P07 / Transhispania Agraria, S. A. / - / 100,00 / 44.204.400 / -

P/0072/P07 / Galletas Tas, S. A. / - / 100,00 / 195.722.800 / -

VA/0060/P07 / Lamartín, S. A. / - / 100,00 / 13.191.450 / -

TO/0025/P03 / Juhimobel, S. L. / - / 100,00 / 11.409.500 / -

TO/0131/P03 / Janssen Fermacéutica, S. A. / - / 7,69 / 27.274.630 / 25.177.211

C/0142/P05 / Hostal Brañas, S. L. / - / 100,00 / 7.678.880 / -

SS/0039/I33 / Modelos Idígoras, S. A. / - / 100,00 / 3.778.800 / -

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