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Documento BOE-A-1995-25544

Resolución de 8 de noviembre de 1995, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se conceden ayudas económicas a organizaciones sindicales representativas, en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia , entre el personal docente de los centros públicos que imparten enseñanzas prevías a las universitarias y que tengan suscrito Convenio de colaboración para la formación permanente del profesorado con el Ministerio de Educación y Ciencia para la organización de actividades de formación permanente durante el año 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1995, páginas 34114 a 34115 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-25544

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 25 de septiembre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre) se convocaron ayudas económicas a organizaciones sindicales representativas, en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, entre el personal docente de los centros públicos que imparten enseñanzas previas a las universitarias y que tengan suscrito Convenio de colaboración para la formación permanente del profesorado con el Ministerio de Educación y Ciencia para la organización de actividades de formación permanente durante el año 1995;

Vista la propuesta de adjudicación de ayudas formuladas por la Comisión de selección a que hace referencia el apartado séptimo de la mencionada Resolución y de acuerdo con los Criterios establecidos en el apartado sexto de la misma,

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Conceder a las organizaciones sindicales que se relacionan en el anexo de la presente Resolución las ayudas que en el mismo se detallan para la organización de actividades de formación permanente del profesorado durante el año 1995.

Segundo.-El importe total de las ayudas económicas concedidas por la presente Resolución asciende a un total de 32.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.421B.482 del ejercicio en curso.

Tercero.-El pago de las ayudas se efectuará de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicte la Subdirección General de Formación del Profesorado y que remitirá a los representantes de las entidades beneficiadas.

Cuarto.-Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de noviembre de 1995.-EL Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilmo. Sr. Director general de Renovación Pedagógica.

ANEXO

Nombre de la organización sindical / Cantidad concedida-Pesetas

CC.OO / 8.000.000

FETE-UGT / 8.000.000

ANPE (Sindicato Independiente) / 8.000.000

CSI-CSIF / 4.000.000

STES / 4.000.000

Total / 32.000.000

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