La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado una sentencia el 31 de julio de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 110/1994, interpuesto por don Eusebio Guerra Caballero, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 26 de noviembre de 1993, que desestimó su recurso contra las liquidaciones que por el concepto de trienios se le habían efectuado.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso formulado por don Eusebio Guerra Caballero, desestimar contra la resolución que se dice en los antecedentes de esta sentencia sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes».
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 3 de noviembre de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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