La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado sentencia, con fecha 28 de febrero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.793/1990, en el que son partes, de una, como demandantes, doña María y doña Luisa Rodríguez-Navas Vadillo, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 12 de julio de 1990, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 12 de febrero de 1990, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallo: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo número 1.793/1990, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Inmaculada Frade Fuentes, en nombre y representación de doña María y doña Luisa Rodríguez-Navas Vadillo, herederas de don Leopoldo Rodríguez-Navas Vadillo, contra la Resolución de 12 de julio de 1990, del señor Subsecretario por delegación del excelentísismo señor Ministro para las Administraciones Públicas, por la que se desestima el recurso de alzada formulado contra Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Servicio Provincial de Alava, de 12 de febrero de 1990, por la que se estimaba parcialmente la solicitud de reintegro de gastos por asistencia sanitaria en la Clínica Universitaria de Navarra, debemos declarar y declaramos:
Primero.-Que los actos administrativos recurridos son conformes a derecho y, por ello, debemos confirmarlos y los confirmamos.
Segundo.-No hacer expresa imposición de las costas devengadas en el presente proceso.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de Jurisdición Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 14 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid